Tutela en LíneaConsultar gratis
Plazos legales

Plazos de la tutela y el derecho de petición

Conocer los plazos es clave para saber cuándo exigir respuesta, cuándo impugnar y cuándo escalar. Esta es la guía completa: todos los plazos de la acción de tutela y del derecho de petición en Colombia, actualizada para 2026, con fuentes legales.

Sin registro · Sin tarjeta para consultar

Acción de tutela — plazos principales

Radicación y admisión

  • Radicación: inmediata en la plataforma de la Rama Judicial (24/7) o en cualquier juzgado presencial.
  • Admisión: usualmente el mismo día o al día hábil siguiente. El juez puede rechazar si hay defectos y le da 3 días para corregir.

Notificación y defensa

  • Notificación al accionado: después de la admisión, el juzgado tiene que notificar.
  • Plazo del accionado para rendir informe: 2 días hábiles (puede extenderse según complejidad).

Fallo

  • Fallo de primera instancia: máximo 10 días hábiles desde la admisión (art. 29 Decreto 2591/1991).
  • Cumplimiento de la orden por la entidad: el que fije el juez, usualmente 48 horas (art. 29 Decreto 2591/1991).

Impugnación y segunda instancia

  • Plazo para impugnar: 3 días hábiles desde la notificación (art. 31 Decreto 2591/1991).
  • Fallo de segunda instancia: 20 días hábiles desde la recepción del expediente.
  • Selección por la Corte Constitucional: discrecional; los expedientes se remiten tras la ejecutoria. La Corte selecciona un porcentaje muy pequeño.

Medida provisional y desacato

  • Medida provisional (art. 7 Decreto 2591/1991): dictada en horas si hay urgencia extrema.
  • Incidente de desacato (art. 52 Decreto 2591/1991): no tiene plazo fijo para iniciarse; procede apenas hay incumplimiento. El juez resuelve consultando al accionado y evaluando la contumacia.

Derecho de petición — plazos legales

La Ley 1755 de 2015 establece los siguientes plazos según el tipo de petición:

  • 15 días hábiles — peticiones generales (quejas, reclamos, manifestaciones, consultas generales). Art. 14 Ley 1755/2015.
  • 10 días hábiles — solicitudes de información o copias de documentos. Art. 14, parágrafo 1.
  • 30 días hábiles — consultas especializadas (opiniones jurídicas complejas). Art. 14, parágrafo 2.

Los plazos se cuentan en días hábiles (lunes a viernes, excluyendo festivos nacionales). Si la entidad necesita más tiempo, debe informarlo antes del vencimiento y justificar la ampliación.

Silencio administrativo

  • Silencio positivo: solo en casos expresamente previstos por ley. Poco común. Significa que si la entidad no responde, la solicitud se entiende aceptada.
  • Silencio negativo: regla general. Si la entidad no responde en el plazo, se entiende que la petición fue denegada. Da lugar a otros recursos (incluida tutela).

Comparativa: qué hacer si incumplen

Si no responden el derecho de petición

Interponga acción de tutela alegando vulneración del artículo 23 de la Constitución. El juez ordenará a la entidad responder en 48 horas. Es el caso clásico de tutela por derecho de petición.

Si la entidad incumple un fallo de tutela

Inicie incidente de desacato ante el mismo juez que falló. Las sanciones son reales: arresto hasta 6 meses y multa hasta 20 salarios mínimos.

Tabla rápida de plazos

  • Radicar tutela — inmediato
  • Admisión de tutela — 1 día hábil
  • Informe del accionado — 2 días hábiles
  • Fallo de primera instancia — 10 días hábiles
  • Cumplimiento de la orden — 48 horas tras notificación
  • Impugnación — 3 días hábiles
  • Fallo de segunda instancia — 20 días hábiles
  • Medida provisional — horas (si hay urgencia)
  • Derecho de petición general — 15 días hábiles
  • Solicitud de información/copias — 10 días hábiles
  • Consulta especializada — 30 días hábiles

Preguntas frecuentes

¿Los 10 días hábiles de la tutela incluyen fines de semana y festivos?
No. 'Días hábiles' en el sistema judicial colombiano son lunes a viernes, excluyendo festivos nacionales y los días en que la Rama Judicial tiene vacancia. 10 días hábiles suelen ser alrededor de 2 semanas naturales.
Si la entidad me contesta el derecho de petición pero de forma evasiva, ¿se entiende cumplida?
No. La Corte Constitucional ha sido clara: la respuesta debe ser de fondo, oportuna, clara, congruente y efectiva. Una respuesta que no resuelve lo pedido no cumple con el derecho de petición y procede tutela.
¿Puede el juez extender los 10 días para fallar?
Excepcionalmente, cuando el caso es muy complejo o requiere pruebas adicionales que demoran. Pero el fallo no suele pasar de 15 días hábiles.
Si me demoran la tutela más de 10 días, ¿qué puedo hacer?
Puede radicar una queja ante el Consejo Superior de la Judicatura por la mora. Rara vez ocurre, ya que la tutela es prioridad para los jueces.
¿Qué pasa si el plazo para impugnar cae en día festivo?
Se corre al siguiente día hábil. Los festivos y fines de semana no cuentan en el plazo.

Artículos relacionados

Guía práctica

Cómo hacer una tutela en Colombia paso a paso

Hacer una tutela en Colombia es más sencillo de lo que parece. No necesita abogado, no cuesta nada presentarla y el juez tiene máximo 10 días hábiles para resolver. Esta guía lo lleva del inicio al final, con los cinco pasos que importan y los errores que debe evitar.

Guía práctica

Cómo hacer un derecho de petición en Colombia

El derecho de petición está consagrado en el artículo 23 de la Constitución y regulado por la Ley 1755 de 2015. Es el mecanismo más usado para obtener información, copias de documentos o pronunciamientos de entidades públicas y privadas. No requiere abogado, no tiene costo y es fundamental: si no responden en plazo, procede tutela. Esta guía explica cómo hacerlo bien.

Segunda instancia

Impugnación de tutela: cómo apelar un fallo

Si el juez de primera instancia falla en contra de la tutela que usted presentó (o a favor de una tutela que se presentó contra usted), tiene solo 3 días hábiles para impugnar. Un juez superior revisa el caso y decide en 20 días hábiles. La impugnación es su segunda (y generalmente última) oportunidad de obtener protección por vía judicial directa.

Mecanismo urgente

Medida provisional en tutela

Cuando hay riesgo grave e inminente para su vida, salud o dignidad, el juez constitucional puede ordenar una medida provisional **antes** de resolver el fondo de la tutela. No toma 10 días — toma horas. Es el instrumento más poderoso y rápido del sistema constitucional colombiano para proteger un derecho fundamental en emergencia.

¿Listo para empezar?

Cuéntele su caso a nuestro asesor virtual. Sin costo y sin registro.

Empezar asesoría gratis